En Santiago de Chile, a 31 de marzo de 2026, RAPPI CHILE SpA, sociedad por acciones del giro de su denominación, RUT N° 76.837.223-3, representada legalmente por don Domingo Lama Astaburuaga, cédula nacional de identidad N° 16.360.767-0, ambos domiciliados para estos efectos en Alonso de Córdova N° 5151, oficina 1401, comuna de Las Condes, Región Metropolitana (en adelante, indistintamente, “RAPPI” u el “Organizador”); viene en establecer la realización de un concurso denominado “Sorteo Festival ÑAM Santiago 2026” (en adelante, el “Concurso”), en virtud del cual se sortearán cinco (5) entradas dobles. Asimismo, todos los usuarios de Rappi que asistan al stand del evento recibirán un regalo sorpresa, conforme a las condiciones que se establecen en las presentes Bases. El Concurso se regirá por las siguientes bases y condiciones contenidas en el presente documento (en adelante, las “Bases”).
I.- ANTECEDENTES GENERALES.
RAPPI, en el marco de su plan de marketing, promoción y publicidad de los productos que comercializa y distribuye, entregará cinco (5) entradas dobles para el Festival ÑAM Santiago 2026, con el objeto de que este último organice y ejecute un concurso a través de su Plataforma.
La presente campaña tendrá vigencia desde el día 1 de abril de 2026 hasta el día 5 de abril de 2026, ambas fechas inclusive (en adelante, el “Plazo de Vigencia”).
II. PARTICIPANTES.
Podrán participar del concurso todas aquellas personas naturales; mayores de 18 (dieciocho) años; residentes o domiciliados en la República de Chile, que durante el Plazo de Vigencia observen el “Mecanismo de Participación” indicado en estas Bases, y que no se encuentren comprendidos en alguna de las causales de exclusión referidas a continuación. Una vez cumplan los pasos establecidos en la sección “Mecanismo de Participación”, estarán oficialmente concursando, siendo denominados en adelante indistintamente los “Participantes”).
El incumplimiento a lo señalado en este punto, o el incumplimiento de los requerimientos establecidos en estas bases, autoriza a RAPPI a no entregar el premio establecido en este Concurso, a quien hubiese efectuado el incumplimiento si resultase ganador. En este caso, el Organizador podrá a su solo arbitrio otorgar nuevamente el premio entre el resto de los participantes o declararlo desierto en concordancia a lo dispuesto en el numeral décimo primero.
III. VIGENCIA.
El presente concurso es válido dentro del territorio de la Región Metropolitana, Chile, (en adelante “Territorio”), desde las 00:00 horas del 1 de abril de 2026, hasta las 23:59 horas del 5 de abril de 2026. El plazo será fatal y, en consecuencia, con posterioridad a las fechas y horas mencionadas, no se admitirán más participantes en el Concurso, aun cuando haya continuado exhibiéndose material publicitario del Concurso en la web y redes sociales del Organizador con posterioridad.
Lo anterior, es sin perjuicio que RAPPI deba o decida extender el plazo de vigencia del Concurso, fundado en motivos plausibles o determinados por casos fortuitos o fuerza mayor, hecho que, de ocurrir, será informado oportuna y adecuadamente a los Participantes a través de la página web previamente señalada, y/o por medio de cualquier otro medio oficial que sea utilizado para efectos comunicacionales.
Con todo, el Organizador se reserva el derecho a poner término anticipado al Concurso, fundado ello en motivos plausibles, caso fortuito o de fuerza mayor, informando con la debida antelación a los consumidores y Participantes en la página web mencionada, no generando responsabilidades ni compensaciones de ningún tipo a favor de éstos ni de terceros.
IV. MECANISMO DE PARTICIPACIÓN.
El Concurso será desarrollado exclusivamente para Rappi, por lo que, para participar en el Concurso, los Participantes deberán:
Ser mayor de 18 años
Usuarios Turbo: Todos aquellos usuarios que realicen compras a través de la vertical Turbo de la Plataforma Rappi participarán automáticamente en el sorteo de una (1) de las mismas cinco (5) entradas dobles para el Festival ÑAM Santiago 2026.
Usuarios PRO: todos aquellos usuarios/consumidores que no cuenten previamente con la suscripción Rappi PRO y que, durante el Plazo de Vigencia, contraten dicha suscripción (incluyendo aquellos denominados “all users” que pasen a ser Usuarios PRO), participarán automáticamente en el sorteo de una (1) de las cinco (5) entradas entradas dobles para el Festival ÑAM Santiago 2026.
Adicionalmente, los usuarios que resulten ganadores podrán asistir al stand de Rappi en el evento para retirar un regalo sorpresa, conforme a las condiciones que oportunamente se informen.
V. PREMIO.
El Organizador ha destinado, para ser sorteado entre los Participantes, el siguiente premio (en adelante, el “Premio”):
Se sortearán cinco (5) entradas dobles para el Festival ÑAM Santiago 2026, en las fechas mencionadas por el organizador:
Participarán en dicho sorteo todos los usuarios/consumidores que, durante el Plazo de Vigencia, cumplan con alguna de las siguientes condiciones:
a) Usuarios Turbo: Todos aquellos usuarios que realicen compras a través de la vertical Turbo de la Plataforma Rappi participarán automáticamente en el sorteo del Premio.
b) Usuarios PRO: Asimismo, todos aquellos usuarios/consumidores que no cuenten previamente con la suscripción Rappi PRO y que, durante el Plazo de Vigencia, contraten dicha suscripción (incluyendo aquellos denominados “all users” que pasen a ser Usuarios PRO), participarán automáticamente en el sorteo del mismo Premio.
Adicionalmente, todos los usuarios ganadores de Rappi que asistan al stand del evento recibirán un regalo sorpresa, conforme a las condiciones que determine el Organizador.
La selección de los ganadores se realizará conforme a los criterios que establezca el Organizador en la presente bases generales del concurso.
VI. SORTEO.
El sorteo del Concurso se realizará al cierre del mismo, considerando fechas distintas según la mecánica de participación aplicable en cada caso:
a) Usuarios Turbo: Respecto de los Usuarios/Consumidores que participen mediante compras en la vertical Turbo de la Plataforma Rappi, el sorteo se realizará el día 06 de abril de 2026.
b) Usuarios PRO: En el caso de los usuarios/consumidores que no cuenten previamente con la suscripción Rappi PRO y que, durante el Plazo de Vigencia, contraten dicha suscripción (incluyendo aquellos denominados “all users” que pasen a ser Usuarios PRO), el sorteo correspondiente se realizará entre los días 01 al 05 de abril de 2026, ambas fechas inclusive.
Para efectos de la realización del sorteo, RAPPI compartirá una base de datos anonimizada de aquellos participantes que cumplan con los requisitos establecidos en la cláusula II de las presentes Bases, con el único objeto de que el organizador lleve a cabo el sorteo y determine a los ganadores.
Se deja expresa constancia que cada premio corresponde a una entrada doble, por lo que el acompañante del ganador deberá cumplir con los mismos requisitos establecidos en estas Bases.
Terminado el período de vigencia mencionado con anterioridad, se hará una recopilación de todos los participantes y entre ellos se realizará un sorteo de forma aleatoria a través de Microsoft Excel. La persona que quede seleccionada será la ganadora, salvo que se encuentre comprendido en alguna de las causales de exclusión referidas en las presentes bases.
VII. CONDICIONES DE ENTREGA.
El premio será entregado por parte de RAPPI, una vez que haya tomado contacto con el ganador este deberá exhibir su cédula de identidad o pasaporte para efectos de verificar la identidad del ganador. Dicho contacto se realizará vía mail y/o llamada telefónica. Una vez contactado, el ganador tendrá un plazo de dos (2) días para responder, de lo contrario se hará una nueva selección aleatoria. Este proceso se realizará hasta obtener una respuesta favorable por parte del Participante ganador.
Esta notificación será realizada por el Organizador dentro de un plazo máximo de cinco (5) días siguientes al sorteo. En caso de que el ganador no responda dentro del plazo que el Organizador establezca para tales efectos, o no cumpla con los requisitos señalados en las presentes Bases, el Organizador se reserva el derecho de seleccionar a un nuevo ganador, repitiéndose el mismo procedimiento hasta la efectiva asignación del Premio o, en su defecto, pudiendo declararse desierto.
Cualquier consideración especial relacionada a la forma o mecanismo de entrega de cada uno de los Premios se acordará directamente con el participante ganador que corresponda.
Es responsabilidad exclusiva de cada participante ganador estar atento a las notificaciones que pueda recibir por parte de los Organizadores a su Instagram, revisar oportunamente sus mensajes o cualquier tipo de notificación que dé cuenta de estos contactos o de intentos fallidos de los mismos, y de tomar todas las medidas necesarias para recibir las notificaciones que fueren procedentes con ocasión del Concurso.
Previo a hacer entrega del premio, el ganador deberá acreditar su identidad. La entrega se encuentra sujeta a que los Participantes Ganadores cumplan con los requisitos de ser mayores de edad al momento de participar y se confirme el cabal cumplimiento de las presentes bases. Adicionalmente, al momento de la entrega, el Participante Ganador deberá suscribir un documento de Recibo de premio.
RAPPI previo a la asignación definitiva del Ganador del concurso, se reserva la facultad de verificar que el Potencial Ganador cumpla con las políticas internas de la compañía para asignación del Premio.
VIII. INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR Y RESPONSABILIDADES.
RAPPI deja expresa constancia que el ganador no podrá exigir su Premio en dinero y que el Organizador no se hará responsable por cualquier gasto asociado a la participación en el Concurso. Así, todos los trámites y gastos asociados que no se encuentren en las bases del Concurso, cualquiera sea su naturaleza o especie, serán gastos de responsabilidad exclusiva del ganador. Se deja expresa constancia que el Premio excluye transporte hacia el evento, el que será de exclusiva responsabilidad del participante ganador.
La responsabilidad de RAPPI se extiende sólo hasta la entrega del Premio, no respondiendo en modo alguno por el uso negligente o inadecuado que realice el ganador del Premio indicado, liberándose desde ya de cualquier consecuencia derivada de dichos hechos. Por consiguiente, RAPPI no será responsable por daños y perjuicios que pudieran sufrir los ganadores con motivo y/o ocasión del uso del Premio, declinando todo tipo de responsabilidad contractual, extracontractual, civil, comercial, administrativa, penal y de cualquier índole. RAPPI no asume responsabilidad alguna respecto a daños y perjuicios, de toda naturaleza, que pudieran sufrir los ganadores, en sus personas y bienes, con motivo de y con relación a su participación en este Concurso y con relación a la utilización de los Premios, ni respecto a su acompañante.
RAPPI no se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el ganador luego de efectuada la entrega del Premio, ni tampoco será responsable en ningún caso de ningún hecho, accidente o circunstancia que cause daños o perjuicios a los ganadores de los premios en virtud de la utilización y/o el retiro del Premio. El ganador libera de toda responsabilidad a RAPPI por cualquiera impedimento, hecho o accidente que le impida aceptar el Premio o que interrumpa, altere o haga más onerosa su entrega.
RAPPI no será responsable por los contratiempos, fallas en el servicio, o problemas técnicos que pudieran sufrir los participantes al ingresar al Sitio Web para poder participar. De esta forma, cualquier virus, falla que pudiera sufrir el equipo o caída del sistema que impida su participación, no será en ningún caso responsabilidad de RAPPI.
IX. USO Y PROCESAMIENTO DE DATOS PERSONALES.
RAPPI respeta la privacidad de toda persona que participa de este Concurso. Los datos personales que sean proporcionados, recolectados, procesados y almacenados durante la vigencia y mediante la mecánica de este Concurso serán usados con la finalidad de verificar la identidad y cumplimiento de requisitos de los Participantes; contactar a los Participantes o ganadores para informar resultados y coordinar la entrega del Premio; publicar el nombre e imagen del ganador con fines promocionales en medios digitales o físicos del Organizador, incluyendo redes sociales, página web, y prensa; elaborar estadísticas internas y reportes de desempeño del concurso; enviar información promocional o publicitaria relacionada con productos o servicios de RAPPI, siempre que el participante no se oponga, entre otras finalidades compatibles o coherentes con las objetivos comprendidos en estas Bases.
El Organizador podrá comunicar dichos datos personales a terceros, ubicados en Chile o en el extranjero, con la única finalidad de que se cumpla lo establecido en las bases de este Concurso, tales como proveedores de servicios tecnológicos contratados por el organizador (como plataformas de concursos, hosting web, o herramientas de mailing); agencias de publicidad o comunicación asociadas a la ejecución y difusión del Concurso, o empresas de transporte o logística para la entrega del Premio. RAPPI adoptará los resguardos necesarios para que los deberes y obligaciones asumidos en este documento sean adicionalmente asumidos por los terceros.
RAPPI busca que los Consumidores que participan de este Concurso estén al tanto de los datos que entrega, teniendo control sobre la información que comparte. RAPPI es el responsable de los datos tratados en este Concurso en conformidad a lo establecido en la Constitución Política y las leyes de la República de Chile, y en particular a la Ley N° 19.628, sobre protección a la vida privada, la que la suceda o reemplace. Los Participantes gozarán en todo momento de su derecho a acceder, rectificar, suprimir, oponerse y bloquear sus datos personales en la forma establecida en la ley, lo cual podrán efectuar contactándose a https://legal.rappi.com.co/chile/politica-de-privacidad/
Los Consumidores que participan de este Concurso declaran y garantizan que la información, materiales, contenidos u observaciones que no sean de su propiedad y que sean ingresados con el fin de participar en este Concurso, no infringen los derechos de propiedad intelectual de terceros ni se refieren a datos personales de terceros, o que en su defecto cuentan con las autorizaciones correspondientes, y no infringen en general otra disposición legal.
X. EXCLUSIONES.
No podrán participar en el Concurso las personas menores de 18 años, los directores, gerentes o trabajadores dependientes de RAPPI, su personal y el de las agencias publicitarias, y proveedores involucrados en este Concurso. Dicha prohibición se extiende a los cónyuges, convivientes civiles, ascendientes o descendientes, colaterales por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, de las personas señaladas o cualquier persona que, a cualquier título, haya participado directamente en la preparación y/o ejecución de la presente promoción.
XI. PREMIOS NO ASIGNADOS.
La falta de reclamo de asignación del Premio en la forma y dentro de los plazos establecidos precedentemente, la falta de acreditación de la identidad del Ganador, la imposibilidad de contactar al Ganador o el incumplimiento de cualquiera de los requisitos establecidos en estas Bases hará perder al Ganador, automáticamente, el derecho a la asignación del Premio, en cuyo caso se contactará al Suplente, en concordancia a lo dispuesto en el numeral segundo y séptimo de estas Bases. De persistir la falta de verificación del cumplimiento de los requisitos de asignación, el Premio será considerado como no asignado. El Premio no asignado quedará en propiedad y a disposición del Organizador.
