TÉRMINOS Y CONDICIONES - PYMES DE BARRIO — Pro
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TÉRMINOS Y CONDICIONES - PYMES DE BARRIO


Términos & Condiciones – Pymes de Barrio

Rappi Chile SpA, R.U.T. Nº 76.837.223-3, sociedad por acciones creada bajo las leyes de la República de Chile, con domicilio legal en Rosario Norte 407, oficina 1103, comuna de Las Condes, Santiago de Chile, que para los efectos de los presentes Términos y Condiciones se denominará “Rappi”, regula, a través de los presentes Términos y Condiciones, los aspectos generales que deben cumplir las tiendas y restaurantes que deseen sumarse al Proyecto Pymes de Barrio, en adelante “Comercios Interesados”, entrando así a la Plataforma Rappi, en adelante la “Plataforma”, y convirtiéndose en Socios Comerciales de Rappi. 


PRIMERO: El Servicio.

Rappi es propietaria de una plataforma virtual (en adelante, la “Plataforma”), que presta servicios de tecnología a dos (2) tipos de usuarios: personas que consumen productos y/o servicios de los socios comerciales de Rappi a través de la Plataforma (en adelante, los “Consumidores”) y personas que aceptan repartir tales productos y/o servicios, llevándolos directamente desde el local comercial de los socios comerciales a la dirección de entrega indicada por los Consumidores.


SEGUNDO: Condiciones de entrega del Beneficio Pymes de Barrio.

  • Condiciones generales de incorporación en categoría Tiendas:

  1. Tener inicio de actividades en el Servicio de Impuestos Internos, como Persona Jurídica o Persona Natural.

  2. Tener la capacidad de emitir boletas y facturas al cliente final, la cual siempre debe ser enviada junto a lo solicitado por el mismo a través de la Plataforma.

  3. Contar con al menos diez (10) productos para ofrecer a los Usuarios/Consumidores a través de la Plataforma.

  4. Contar con condiciones tecnológicas mínimas como son el manejo de aplicaciones, conexión a internet, dispositivo Android.

  5. Encontrarse el giro de la persona natural o jurídica, dentro de los siguientes rubros: 

      • Librería

      • Farmacia

      • Mascotas

      • Tecnología

      • Juguetería

      • Pescadería / Carnicería premium

      • Congelados

      • Deporte

      • Dietas especiales

  6. Firmar el correspondiente Acuerdo Comercial con Rappi, cumpliendo con todas las condiciones comerciales pactadas a través de este, con una vigencia mínima de un (1) año.

  7. Mantener sus redes sociales activas. Este requisito será evaluado caso a caso.

Sin perjuicio de las condiciones señaladas precedentemente, Rappi deja constancia de que: 

  • Rechazará la venta de productos usados y sin trazabilidad impositiva. 

  • Se renegociarán las condiciones con los Comercios Interesados luego de finalizar el beneficio para Pymes de Barrio el cual corresponde al día 22 de Mayo de 2021, o, en su defecto al plazo que parten las partes en sus Acuerdos Comerciales particulares.

  • Rappi se reserva el derecho de admitir a alguna o más tiendas, sin necesidad de expresión de causa.

  • El beneficio de acceso a este programa se encuentra sujeto a las coberturas de las respectivas ciudades: Santiago, Concepción, Antofagasta, Viña del Mar, Valparaíso y La Serena.

  • Condiciones generales de incorporación en categoría Restaurantes y Cafeterías:

  1. Tener inicio de actividades en el Servicio de Impuestos Internos, como Persona Jurídica o Persona Natural.

  2. Tener la capacidad de emitir boletas y facturas al cliente final, la cual siempre debe ser enviada junto a lo solicitado por el mismo a través de la Plataforma.

  3. Específicamente, aquellos Restaurantes y Cafeterías que busquen unirse a la Plataforma a través del beneficio Pymes de Barrio, deberán estar situados dentro de la zona en la que Rappi tiene cobertura para operar.

  4. Firmar el correspondiente Acuerdo Comercial con Rappi, cumpliendo con todas las condiciones comerciales pactadas a través de este, con una vigencia mínima de un (1) año.

  5. Contar con condiciones tecnológicas mínimas como son el manejo de aplicaciones, conexión a internet, dispositivo Android.

  6. Mantener sus redes sociales activas. Este requisito será evaluado caso a caso.

Sin perjuicio de las condiciones señaladas precedentemente, Rappi deja constancia de que: 

  • Rappi se reserva el derecho de admitir a alguna o más tiendas, sin necesidad de expresión de causa.

  • El beneficio de acceso a este programa se encuentra sujeto a las coberturas de las respectivas ciudades: Santiago, Concepción, Antofagasta, Viña del Mar, Valparaíso y La Serena.

 

TERCERO. Aceptación.

Se entenderá que los Comercios Interesados aceptan los presentes Términos y Condiciones, no pudiendo con posterioridad efectuar reclamos algunos en relación a los puntos aquí descritos, debiendo además dejar indemne a Rappi de cualquier reclamación.

La regulación de los términos específicos de la relación comercial entre el Comercio Interesado y Rappi deberá ser acordada mediante Acuerdos Comerciales  particulares, los que deberán ser suscritos una vez que, los presentes requisitos sean aprobados y Rappi los contacte para materializar la relación comercial.

CUARTO. Ley aplicable y Competencia.

Los presentes Términos y Condiciones, así como la relación entre Rappi y los Comercios Interesados, se regirán e interpretarán con arreglo a la legislación vigente en la República de Chile.

Para todos los efectos legales, el Comercio Interesado y Rappi fijan su domicilio en la comuna y ciudad de Santiago de Chile, y prorrogan competencia a sus Tribunales Ordinarios de Justicia.