Por medio del presente documento se dan a conocer los términos y condiciones del concurso denominado "COMPRA Y GANA CON AGUARDIENTE NECTAR Y RON SANTAFE BOLETAS PARA EL CONCIERTO DE MARC ANTHONY" (en adelante el “Concurso”). La participación en el Concurso constituye la aceptación total e incondicional de los presentes Términos y Condiciones, los cuales resultan definitivos y vinculantes para los Usuarios/Consumidores participantes, que cumplan con los requisitos aquí dispuestos.
I. Organizador: El Concurso es organizado y administrado por la EMPRESA DE LICORES DE CUNDINAMARCA (en adelante el “Organizador”).
II. Rol de Rappi: Rappi S.A.S. actúa únicamente como plataforma tecnológica de contacto, facilitando la visibilidad del Concurso y el acceso de los Usuarios/Consumidores a los productos participantes ofrecidos por las Tiendas Participantes. Rappi S.A.S. no organiza, patrocina, ni administra el Concurso, ni asume responsabilidad alguna respecto de la mecánica, selección del ganador, entrega del Beneficio o cualquier aspecto relacionado con el mismo.
III. Territorio: Concurso válido únicamente para órdenes realizadas en las zonas de cobertura de la Plataforma Rappi en la ciudad de Bogotá D.C. y Cundinamarca, República de Colombia.
IV. Vigencia: Concurso válido desde el 11 de noviembre de 2025 a las 12:01 a.m. hasta el 12 de noviembre de 2025 a las 11:59 p.m..
V. Tiendas Participantes: Participarán las tiendas virtuales denominadas "Éxito", "Carulla", y "Turbo" al interior de la Plataforma Rappi.
VI. Productos Participantes: Participarán todos los productos y referencias de Aguardiente Nectar y Ron Santafe producidas por la Empresa de Licores de Cundinamarca (Nectar Club, Nectar Reposado; Nectar Sugar Free; Nectar Dorado; Nectar Azul; Nectar Premium; Nectar Rojo, Nectar Rojo Sin Azúcar y Ron Santafe).
VII. Usuarios/Consumidores Participantes: Podrán participar los Usuarios/Consumidores de la Plataforma Rappi que sean mayores de edad y cumplan con los requisitos descritos en los presentes Términos y Condiciones.
VIII. Mecánica y Participación: El Usuario/Consumidor que acumule el mayor monto de compras en valor (pesos) de los Productos Participantes durante la Vigencia del Concurso, recibirá el Beneficio descrito en el numeral IX.
Criterio de Desempate: En caso de empate en el valor acumulado de compras, el Beneficio será otorgado al Usuario/Consumidor que haya alcanzado dicho monto total de compra primero en el tiempo (fecha y hora exacta de la última orden que consolidó el monto).
IX. Beneficio:
El Usuario/Consumidor Participante ganador recibirá el siguiente Beneficio (en adelante el "Beneficio"):
Dos (2) boletas sencillas, localidad zona 3, sector 101, para el concierto de Marc Anthony el 13 de noviembre de 2025.
El Beneficio es personal e intransferible. Se aclara que el Beneficio no es canjeable por dinero en efectivo, Créditos Rappi, ni por cualquier otro medio de pago. Solo se entregará un (1) Beneficio durante el Concurso.
X. Contacto y Entrega del Beneficio: El Organizador contactará al Usuario/Consumidor ganador vía telefónica, correo electrónico y/o SMS, una vez finalizada la Vigencia del Concurso, utilizando los datos de contacto facilitados por Rappi S.A.S. para este único fin.
En caso de que no se obtenga respuesta del ganador dentro de los dos (2) días siguientes al primer intento de contacto, el Organizador se reserva el derecho de contactar al usuario que ocupe el segundo lugar en acumulación de compras.
La entrega del Beneficio será realizada exclusivamente por el Organizador dentro de los cuatro (4) días calendario siguientes a la confirmación del ganador.
XI. Condiciones y Restricciones:
Se aclara que la presente Campaña no constituye un juego de suerte y azar, toda vez que la selección del ganador se basa en el volumen de compra (destreza).
Para el cálculo del monto acumulado, no se tendrán en cuenta las órdenes pagadas total o parcialmente con Créditos de la Plataforma Rappi.
Las compras no son acumulables entre diferentes cuentas de Usuarios/Consumidores.
El Organizador se reserva el derecho de descalificar a cualquier Usuario/Consumidor Participante que incurra en conductas fraudulentas, manipulación de la Plataforma Rappi, o incumplimiento de los presentes Términos y Condiciones.
Prohibido el expendio de bebidas embriagantes a menores de edad y mujeres embarazadas. El exceso de alcohol es perjudicial para la salud. Ley 30 de 1986 y Ley 124 de 1994.
XII. Responsabilidad e Indemnidad:
a) Responsabilidad del Organizador: El Organizador asume total responsabilidad frente a los participantes, autoridades y terceros por la ejecución, desarrollo, selección del ganador y entrega del Beneficio.
b) Indemnidad a favor de Rappi: El Organizador mantendrá indemne a Rappi S.A.S., sus filiales, directivos, empleados y agentes frente a cualquier reclamación, pérdida, daño, sanción o gasto derivado del Concurso.
c) Limitación de responsabilidad de Rappi: Rappi S.A.S. no será responsable por errores, omisiones, fallas técnicas, retrasos o perjuicios directos o indirectos derivados del Concurso o de la entrega del Beneficio. Rappi S.A.S. se reserva el derecho de cancelar órdenes si detecta un comportamiento irregular por parte del Usuario/Consumidor en la Plataforma Rappi.
XIII. Tratamiento de Datos Personales: El Usuario/Consumidor Participante autoriza a Rappi S.A.S. a compartir sus datos de contacto con el Organizador (Empresa de Licores de Cundinamarca), con el único fin de que este último pueda realizar el contacto y la entrega del Beneficio.
El tratamiento de datos personales se realizará conforme a las políticas de cada parte:
Organizador: Conforme a su política de protección de datos personales disponible en sus canales oficiales.
Rappi S.A.S.: Conforme a su Política de Tratamiento de Datos Personales, disponible en:
https://legal.rappi.com.co/colombia/politica-de-proteccion-y-tratamiento-de-datos-personales-rappi-s-a-s/
El ganador autoriza la utilización de su nombre, imagen y ciudad de residencia para fines promocionales y publicitarios del Concurso, sin que esto genere remuneración adicional.
XIV. Exclusión de Empleados: Se aclara que los empleados de las empresas subsidiarias y/o afiliadas de las compañías Rappi Inc., y/o cualquier persona que tenga con ellos primer o segundo grado de consanguinidad o de afinidad, quedan excluidos de cualquier tipo de participación en el presente Concurso. Por lo anterior, en caso de participar, no serán tenidos en cuenta en el momento de entregar el Premio.
XV. Disposiciones Finales:
El Organizador se reserva el derecho de modificar los presentes términos y condiciones en cualquier momento, lo cual será informado oportunamente.
La Campaña se encuentra sujeta a los Términos y Condiciones Generales de Uso de la Plataforma Rappi, disponibles en:
https://legal.rappi.com.co/colombia/terminos-y-condiciones-de-uso-de-plataforma-rappi-2/
Los presentes Términos y Condiciones se regirán por las leyes de la República de Colombia. Toda controversia surgida en razón del Concurso se someterá a la jurisdicción ordinaria de la ciudad de Bogotá D.C., previo intento de arreglo directo o conciliación.
