Regresar a todos los eventos

TÉRMINOS Y CONDICIONES - CONCURSO "MES DE LA PASTA CON MONTICELLO Y BADIA"


Por medio del presente documento se dan a conocer los términos y condiciones de la campaña promocional y concurso denominado "Mes de la Pasta con Monticello y Badia" (en adelante, la "Campaña" o la "Actividad"), organizada por Rappi S.A.S., identificada con NIT 900.843.898-9 (en adelante, "Rappi" y/o el "Organizador"). La participación en la Campaña constituye la aceptación total e incondicional de los presentes Términos y Condiciones, los cuales resultan definitivos y vinculantes para los Usuarios/Consumidores participantes que cumplan con los requisitos aquí dispuestos.

I. TERRITORIO: La Campaña será válida únicamente para las órdenes realizadas a través de la Plataforma Rappi, a nivel nacional, dentro de la República de Colombia.

II. VIGENCIA, HORARIOS Y PRESUPUESTOS: La Campaña tendrá vigencia desde las 12:00 a.m. del 1 de septiembre de 2026 hasta las 11:59 p.m. del 30 de septiembre de 2026. Al tratarse de una mecánica de concurso por acumulación de compras, no aplica un límite de presupuesto o existencias que termine la Campaña de manera anticipada.

III. TIPO DE USUARIOS PARTICIPANTES: La participación es gratuita. Pueden participar válidamente todas las personas naturales que sean Usuarios/Consumidores de la Plataforma Rappi que se encuentren en el Territorio y que cumplan estrictamente con las siguientes condiciones:

- Tener más de dieciocho (18) años a la fecha de inicio de la Actividad.

- Tener una cuenta activa en la Plataforma Rappi.

- Las compras no son acumulables entre Usuarios/Consumidores, entendiéndose que únicamente se tendrán en cuenta las compras realizadas a través de una (1) cuenta en la Plataforma Rappi.

IV. MECÁNICA / PRODUCTOS PARTICIPANTES: Para participar, el Usuario/Consumidor deberá realizar compras de productos de las marcas Monticello y Badia a través de las verticales Turbo y Éxito dentro de la Plataforma Rappi, durante la Vigencia de la Campaña. La dinámica consiste en acumular el mayor valor de compras bajo las siguientes reglas:

- Umbral Mínimo: Para ser considerado como un posible ganador, el usuario deberá acumular compras por un valor mínimo de sesenta mil pesos moneda corriente ($60.000 COP) en productos de las marcas Monticello y Badia durante la Vigencia estipulada.

- Actividad válida para órdenes pagadas con cualquier medio de pago habilitado en la Plataforma Rappi.

- Únicamente se tendrán en cuenta las órdenes efectivamente entregadas, pagadas y validadas por la plataforma. Las órdenes que sean canceladas total o parcialmente no sumarán al acumulado del participante.

- La determinación de las órdenes que cumplen la mecánica se realizará con base en los registros transaccionales de la Plataforma Rappi, los cuales constituirán la única fuente válida para verificar las compras elegibles.

Esta Campaña no constituye un juego de suerte y azar, por cuanto la selección de los ganadores obedece a criterios objetivos y verificables (mayor valor acumulado de compras), sin que intervenga sorteo ni componente alguno de azar.

V. BENEFICIO / PREMIOS: Al finalizar la Vigencia, se seleccionarán a los cinco (5) Usuarios/Consumidores que, habiendo superado el umbral mínimo de $60.000 COP, registren la mayor compra acumulada de productos de las marcas participantes (total pagado). La entrega de los premios será por mérito según el valor total de las compras realizadas por los Usuarios/Consumidores.

Cada uno de los cinco (5) ganadores recibirá como premio, exclusivamente: un (1) bono por valor de quinientos mil pesos moneda corriente ($500.000 COP) para redimir en Ambiente Gourmet dentro de la Plataforma Rappi.

Criterio de desempate: En caso de empate entre dos (2) o más Usuarios/Consumidores en el valor exacto de dinero acumulado, el desempate se definirá a favor del Usuario/Consumidor que haya completado el monto total acumulado primero en el tiempo (orden cronológico), según los registros transaccionales de la plataforma.

VI. CONDICIONES Y RESTRICCIONES GENERALES:

- Notificación: Los ganadores serán contactados el día 6 de octubre de 2026, a través del correo electrónico y/o el número de teléfono celular registrados en la Plataforma. En la comunicación se informará el procedimiento para confirmar la aceptación del premio. El Organizador podrá solicitar información adicional que permita validar la identidad del participante ganador.

- Entrega del premio: El bono será asignado a la cuenta del ganador en la Plataforma Rappi, o entregado por el medio que el Organizador indique al momento del contacto, según la información suministrada por el ganador. El bono deberá redimirse en Ambiente Gourmet dentro de la Plataforma Rappi conforme a las condiciones de redención aplicables con vigencia de redención hasta el 31 de diciembre de 2026.

- El premio es de carácter personal e intransferible y no podrá ser canjeado por dinero en efectivo, créditos en la Plataforma u otros bienes o servicios distintos del bono descrito.

- Cualquier otra restricción que considere conveniente el Organizador, en el desarrollo de la Actividad, será notificada públicamente.

VII. MEDIOS DE PAGO Y POLÍTICA ANTIFRAUDE:

- Campaña válida para órdenes pagadas con cualquier medio de pago habilitado en la Plataforma Rappi.

- Rappi se reserva el derecho absoluto e inapelable de descalificar a cualquier participante, cancelar transacciones o retener el premio si detecta indicios de fraude, compras inusuales, uso de múltiples cuentas para un mismo titular, o cualquier comportamiento irregular que altere la transparencia y justa competencia de la Campaña. Cualquier intento de fraude, manipulación o alteración de la mecánica promocional dará lugar a la descalificación inmediata del participante, quien además podrá responder civil y/o penalmente.

VIII. TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES: Conforme a la Ley 1581 de 2012, el Decreto 1074 de 2015 y las normas que los modifiquen, complementen o sustituyan, RAPPI S.A.S. (NIT 900.843.898-9) actúa como Responsable del Tratamiento de los datos personales de los participantes, con las siguientes finalidades: (i) gestionar la participación en la Actividad; (ii) verificar el cumplimiento de la mecánica y de los requisitos establecidos; (iii) contactar a los potenciales ganadores; (iv) coordinar la entrega y disfrute del premio; (v) atender solicitudes, consultas, quejas o reclamos; y (vi) cumplir obligaciones legales o requerimientos de autoridades competentes.

Los participantes, como titulares, podrán ejercer sus derechos de acceso, conocimiento, actualización, rectificación, supresión y revocatoria de la autorización, así como presentar quejas ante la Superintendencia de Industria y Comercio. La Política de Tratamiento de Datos Personales de Rappi puede consultarse en: https://legal.rappi.com.co/colombia/politica-de-proteccion-y-tratamiento-de-datos-personales-rappi-s-a-s/. La participación en la Actividad mediante la compra de los productos elegibles implica una autorización expresa, previa e inequívoca para que los datos del titular sean tratados conforme a las finalidades aquí descritas.

IX. DECLARACIÓN: Las marcas Monticello, Badia y Ambiente Gourmet, así como los demás nombres comerciales y elementos de propiedad intelectual utilizados en la Actividad, son propiedad de sus respectivos titulares y se emplean en el marco de la alianza comercial correspondiente. Rappi se reserva el derecho de suspender, modificar o cancelar la Actividad por motivos de fuerza mayor, caso fortuito o circunstancias ajenas a su control, sin asumir responsabilidad al respecto. Los presentes Términos y Condiciones se encuentran sujetos a los Términos y Condiciones de Uso de la Plataforma Rappi: https://legal.rappi.com.co/colombia/terminos-y-condiciones-de-uso-de-plataforma-rappi-2/.
X. JURISDICCIÓN Y SOLUCIÓN DE CONFLICTOS: Los presentes Términos y Condiciones se regirán por las leyes de la República de Colombia y, en particular, por las disposiciones de protección al consumidor aplicables. Toda controversia surgida en razón de la Campaña intentará ser resuelta por arreglo directo de las partes y/o a través de la conciliación como mecanismo alternativo de solución de conflictos. Si lo anterior no fuere posible, la controversia se someterá a la justicia ordinaria.